miércoles, 21 de octubre de 2009

Inicios y escollos de las autonomías indígenas


Xavier Albó

Recibida por unos con alegría, acatada o resistida por otros a regañadientes, el 2 de agosto en Camiri se bajó por fin la bandera para la carrera de las autonomías indígenas, un derecho reconocido por la CPE 2009, a coro con las Naciones Unidas (2007).

En la primera mitad del año sólo hubo información y calentamientos de motor, patrocinados sobre todo por las propias organizaciones indígena-originario-campesinas, por el nuevo Ministerio de Autonomías y algunas instituciones de apoyo.

Como ya se preveía, en esa primera convocatoria sólo podían participar municipios con suficiente población de este origen. Muchos pueblos minoritarios de tierras bajas son sólo minoría en sus municipios, por lo que deben ir por la otra vía: transformar primero su TCO, si ya está titulada, en “territorio indígena” y, de ahí, llenar los requisitos y trámites para que éste sea reconocido como autonomía indígena. Es una ruta larga que además requiere que la nueva Asamblea Legislativa promulgue su Ley Marco de Autonomías. Esos pueblos, que ya habían quedado frustrados meses antes ante las restricciones que fue poniendo la Ley Electoral Transitoria a sus circunscripciones especiales, seguirán todavía fuera de juego durante un año si no más.

Pero los municipios con apabullante mayoría originaria (casi todos por encima del 80%) y que además mantienen la lengua siguen siendo 187, aunque sólo 3 de ellos en tierras bajas. Si prescindimos que la mayoría hable la lengua llegan a 226, incluidos otros 16 de tierras bajas. Pero de todos de ellos, apenas 19 se lanzaron a esa primera etapa y sólo 12 han superado los escollos burocráticos para que en diciembre realicen su referéndum para ser autonomía más otro que, hasta ahora (16-X-09) sigue todavía en querella. Son apenas el 5% de los que tienen abrumadora mayoría originaria.

¿Por qué? Ante todo, por los plazos cortos del decreto de agosto. La primera sorpresa, para casi todos, fue que en unos quince días debían recoger firmas de al menos el 10% del padrón previo de sus respectivos municipios. La previsión venía de la vigente Ley 2769, de 2004, con relación a referendos municipales. Pocos se animaron a hacerlo ya a tan corto plazo. No era fácil preparar, legalizar y abrir los respectivos libros y después llenarlos con firmas y carnet recorriendo a veces lugares aislados. En un lugar empezaron a hacerlo tan rápido que tuvieron que rehacerlo porque el acta de apertura era anterior a la primera fecha hábil.

Lo segundo, resultó más difícil. Debían conseguir y presentar una ordenanza municipal convocando al referendo, aprobada por el Concejo por dos tercios de los votos, para que la Corte Departamental incluya la debida pregunta. Para empezar, ese requisito de dos tercios, no exigido constitucionalmente, podría resultar falaz para la inmensa mayoría de municipios que, por su tamaño, sólo tienen cinco concejales. Si tres votan a favor, sólo alcanzan al 60%; y para llegar a los dos tercios (67%), deben votar cuatro a favor lo que, en realidad ya son cuatro quintos (80%). Una aritmética mal (o quizás maliciosamente) calculada apretaría la tuerca más de lo necesario.

Aparecieron entonces conflictos internos y externos. En bastantes casos algunos concejales actuales que provienen de diversos partidos, tanto de oposición como del MAS, no quieren exponerse a perder las facilidades que les dan esas maquinitas partidarias, en un futuro estatuto autonómico. Para ello han recurrido a diversas mañuderías tanto locales como también desde afuera. En Santa Cruz ha habido evidentes movidas desde el gobierno departamental de Santa Cruz para evitar que entren más municipios, y, al menos en un caso, hay indicios de que la corte departamental quizás no se habría mantenido tan neutra.

Este camino, el único hasta ahora abierto, tiene pues sus curvas y contracurvas, piedras y desvíos. De momento es más bien un ir abriendo la brecha. Como dice el cantor, se hace camino al andar.

Queda por delante otra larga etapa: la elaboración y aprobación de los estatutos, un proceso largo, participativo, muy desafiante y a la vez sugerente, como muestran los diversos borradores ya existentes. Después, cuando por fin haya Tribunal Constitucional, éste deberá acreditar que no son inconstitucionales...

Así, de a poquito, empiezan muchas veces los grandes cambios.

Texto: CIPCANOTAS
Foto: alexayala.blogspot.com

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